13.3.10

CNDH señala a la CNA por la contaminación en el río Santiago

La comisión del agua no ha saneado el afluente a suficiencia y los jaliscienses peligran por el contacto con él, dice el ombudsman.

  • Sáb, 13/03/2010 - 06:15

Guadalajara.- El niño Miguel Ángel López Rocha, quien perdió la vida en febrero de 2008 tras caer al contaminado río Santiago, junto a su casa en El Salto, falleció por intoxicación con arsénico, producida porque ese afluente presentaba altos niveles de contaminación por ese y otros metales pesados. Así lo estableció la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en la recomendación que emitió el 2 de marzo pasado, dirigida a José Luis Luege Tamargo, director general de la Comisión Nacional del Agua (CNA), en la que le advierte que, por culpa de omisiones de los servidores públicos de ese organismo nacional, el río presenta una grave contaminación que pone en peligro a los habitantes de Jalisco y, en especial, a quienes tienen contacto diario con sus aguas.

La contundente recomendación de la CNDH pide a Luege que colabore para resarcir los daños a los deudos de Miguel Ángel López Rocha, pero también para la denuncia penal que, anuncia, presentará ante la Procuraduría General de la República (PGR), con el fin de que se castigue a los funcionarios de la CNA que resulten responsables.

Además urge al director de la CNA a que tome medidas para que los vecinos directos del río sean advertidos “sobre la contaminación que existe en sus aguas y el riesgo que se corre en caso de tener contacto con éstas”.

El texto de la recomendación de la CNDH es un prontuario de diagnósticos e informes, generados por diversas fuentes desde 2007, acerca de la grave contaminación que presenta el río Santiago. Incluye no sólo los resultados de las investigaciones que hizo la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco: también da lugar al informe del Tribunal Latinoamericano del Agua, que en 2007 sesionó en la ciudad y emitió numerosas advertencias al gobierno de Jalisco y las autoridades federales sobre el estado y el peligro a la salud de los vecinos.

No obstante, otro de los documentos que la CNDH emplea es un memorando hecho en noviembre de 2008 por el Organismo de la Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, dependiente de la propia CNA, que detalla cómo el río Santiago ha visto agravada su contaminación, con metales pesados incluidos.

El arsénico

La recomendación de la CNDH establece en varias ocasiones la certeza de que Miguel Ángel López murió por culpa de una grave intoxicación con arsénico, con lo cual desecha los matices hechos por autoridades estatales y otros actores, que cuestionaron si las cantidades de este metal en el cuerpo del niño eran suficientes para provocarle la muerte.

Al hacer un resumen de la situación médica de Miguel Ángel, la CNDH enlista el avance de sus síntomas y afecciones desde que llegó al hospital el 26 de enero de 2008. El 27 de enero, dice, presentó síntomas físicos —hipotermia, diaforésis, taquicardia, Glasgow de 3 puntos, deterioro respiratorio y olor característico a ajo— propios de la intoxicación con metales pesados. Desde entonces se le administró el antídoto penicilamima y, por causa de ese tratamiento, exámenes físicos posteriores, como los del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, arrojaron que los niveles de arsénico en la sangre de Miguel Ángel eran normales, pues su cuerpo lo depuró.

La muerte del niño, dice la CNDH, “se debió a una falla orgánica múltiple, condicionada por un cuadro séptico severo, complicaciones directas de una intoxicación aguda y grave por arsénico […] derivada del grave estado de contaminación del río Santiago”.

Señala que esa corrupción del agua era tal que, aunque la CNA efectúa labores de saneamiento, éstas no son suficientes, pues aquella vez “rebasaba los parámetros establecidos por la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994. Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”.

De hecho, Miguel Ángel falleció porque “no resistió los 51 microgramos de arsénico que se encontraban en el interior de su cuerpo, cantidad entre cuatro y diez veces superior a la permitida en una persona”.

Con toda la información de que dispone, la CNDH concluye que “los altos niveles de contaminación que presenta el río Santiago ponen en riesgo la salud y, por ende, la vida de las personas que viven en las zonas aledañas al mismo, así como todas aquellas que puedan tener contacto eventual con sus aguas”. La situación “representa una clara y evidente violación tanto al derecho a la protección de la salud, como al derecho a la conservación del medio ambiente”, atribuible a la CNA, omisa en el saneamiento.

La recomendación fue emitida el 2 de marzo y la CNDH le da a la CNA quince días hábiles para que responda.

Qué recomienda

La recomendación 12/2010 de la CNDH está dirigida a José Luis Luege Tamargo, director general de la Comisión Nacional del Agua (CNA). Le pide:

Que dé las instrucciones necesarias para que se resarza el daño a los deudos de Miguel Ángel López Rocha, “como consecuencia de la responsabilidad institucional en que incurrieron los servidores públicos” de la CNA.

Que colabore para el inicio y trámite de la queja que la CNDH promoverá en contra del personal de la CNA “que ha omitido sanear las aguas del río Santiago”.

Que “coopere ampliamente en las investigaciones derivadas de la averiguación previa” que se abrirá una vez que la CNDH presente una denuncia ante la PGR.

Que “instruya tomar las medidas de urgencia necesarias, a efecto de advertir a los habitantes del estado de Jalisco, prioritariamente a quienes viven en las zonas aledañas al río Santiago, sobre la contaminación que existe en sus aguas y el riesgo que se corre en caso de tener contacto con éstas”.

Que se expidan ordenamientos de protección ecológica efectiva al respecto del problema y se capacite al personal de la CNA.

De la mayoría de los puntos, la CNDH pide que a Luege que le envíen constancias de su cumplimiento. La CNA tiene 15 días hábiles para cumplir y responder.

Fuente: Recomendación 12/2010. Disponible en www.cndh.org.mx/recomen/recomen.asp

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